Víctima u Ofendido del Delito, Juzgado
***Denuncia arbitrariedades y colusión de
funcionarios entre FGJCDMX y el PJCDMX
*** La Fiscalía General de
Justicia de Ernestina Godoy y la Séptima Sala Penal del Poder Judicial de la
capital de la República Mexicana, insisten en culpar “causa justificada”,
estipulada en el artículo 29 del Código
Penal de la CDMX
*** Amerita la creación de un nuevo Documental titulado “Presunto
Inocente”
**** El magistrado Enrique Cedillo García, de la Séptima Sala Penal del
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, nuevamente en “el ojo del
huracán”
BLAS A. BUENDÍA *
En un hecho lleno de precedentes que seguirán sucediendo a través de
tiempo y el espacio, la actitud de prepotencia basada en la ignorancia del
agente del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad
de México (FGJCDMX), el cual es firmante de violaciones a los Derechos Humanos
y Garantías Individuales, soslaya toda conducta del patrimonio público de la
libertad, incurriendo en el delito de la opacidad y la deshonra que atenta
contra el estudio jurídico, la disciplina, la bondad, el pundonor, la
sabiduría, la fortaleza, la templanza y, sobre todo, la prudencia.
Sin duda alguna, con estas viejas prácticas que han hecho ilícito un
caso que ya es del dominio público, es urgente establecer por parte del
Congreso local, la inminente creación de un nuevo similar documental mexicano
“Presunto culpable”, cuyas acciones en el pasado realizaron los abogados
mexicanos Roberto Hernández y Layla Negrete, quienes tras denunciar el turbio
proceso de la víctima ofendida-defendida, marcaría la historia de la justicia
en México el abuso de confianza por parte de los ejecutores judiciales, como
fue el caso de José Antonio Zúñiga.
Es compatible destacar, que en 2005, José Antonio Zúñiga fue detenido y
condenado a pasar 20 años en la cárcel por el homicidio de un joven al que
nunca había visto. Dos abogados, cámara en mano, decidieron luchar para
demostrar su inocencia. Su exitosa misión periodística puedo ser ventilado a la
Opinión Pública tras filmarse un documental que identificaron como “Presunto
Culpable”.
A la arbitrariedades se une el polémico justiciable magistrado Enrique
Cedillo García, de la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de
la Ciudad de México, ahora con el juicio seguido contra Rubén “V”, por delito
de sustracción de menor que solo obedecía a una causa justa en defensa de su
propia hija, conjugándose falsamente por parte de la autoridad, el fenómeno de
la violencia familiar y el supuesto abuso sexual contra su menor primogénita,
nombre del cual se omite por razone y legales obvias.
Como es costumbre, la protagonista de lo que puede ser material para un
nuevo film, la licenciada Soledad Marcela Miranda Orozco, adscrita a la
Dirección de Procesos en Salas Penales de la FGJCDMX, interpuso recurso de
apelación contra Sentencia Absolutoria pronunciada en la audiencia de lectura y
explicación de fecha 24 de noviembre de dos mil veintiuno emitida por la
Honorable Jueza Quinta del Tribunal de Enjuiciamiento del Sistema Procesal
Acusatorio de esta ciudad, la Doctora Claudia Verónica Monroy Ramírez, en la
cual ABSOLVIÓ al sentenciado Rubén “V” por el delito de retención de menor
agravado en contra de su hija representada por Guadalupe “C”, abuela de la
menor, tal como se estipula en la carpeta judicial TE001/0006/2021, que tomó en
consideración que la niña padecía presuntamente violencia familiar.
Rubén “V” explica que la menor era golpeada con frecuencia con toda
clase de objetos, el más frecuente “el ejemplar castigo de la chancla”,
asestarle tablazos, el uso de alambres y cucharón, dejándole marcas en todas
partes del cuerpo, que no sanan a los quince días como marca el Código Penal y
que se persiguen por Oficio como delito de tortura.
Asimismo, acusa que a la menor en custodia de su “abuela malvada”, no
le daba de comer con frecuencia, siempre que la veía tenía mucha hambre, así la
mandaban a la cama que se encontraba en un cuarto en la cual se la pasaba
encerrada todo el día, y donde incluso hacía hasta de sus necesidades
fisiológicas.
Cuando llegaba de trabajar la abuela, la apología del castigo
“ejemplar”, la ponía a trabajar a su corta edad al cuidado de su hermano de
meses (que ahora corre el mismo peligro); la obligaba a lavar trastes, barrer y
trapear; de forma criminal, la dejó de llevar a la escuela; y por si es poco,
la ascendiente tenía problemas de alcoholismo lo cual agredía con frecuencia a
la menor.
A pesar de haber prestado diversa pruebas testimoniales que demuestran
la causa justificada de retención de menor, el tribunal de enjuiciamiento ante
la apelación del ministerio público en mención, revocó sentencia del 24 de
noviembre de dos mil veintiuno, emitiendo sentencia por el delito de retención
de menor.
A pesar de haber presentado pruebas como dictamen psicológico y el
traumático “Bosty” —que determina que la menor era objeto de violencia familiar
por parte de la abuela y hasta abuso sexual por parte de la pareja—, ante esta
clase de maltratos traumáticos, el juez 24 de lo familiar del Poder Judicial de
la CDMX, expediente 129/2016, en sentencia interlocutoria, resolvió que la
menor deberá permanecer al cuidado de su progenitor (Rubén “V”), hasta en tanto
se resuelva en su totalidad los elementos de prueba para resolver el fondo del
juicio principal.
A lo anterior, se interpuso recurso de apelación y la honorable
Magistrada Ponente Adriana Canales Pérez, de la Tercera Sala Familiar con
número de toca 1760/2021, confirmó sentencia interlocutoria con fecha 14 de
marzo de 2022, en la cual la niña deberá estar al cuidado de su padre.
Es de resaltar que no es la primera vez que el magistrado Enrique
Cedillo García, se encuentra en “el ojo del huracán”, toda vez que en el
espacio de TV-Azteca Noticia, en febrero de 2015, publicó la falta de criterio
de impartición de justicia dejando en libertad a un hombre tras asaltar y
agredir a una mujer embrazada en el Metrobús de la ciudad de México.
Es por eso, que para no verse involucrado en una situación similar en
el pasado, sentenció “sin ton ni son, sin investigar, sin tomar en
consideración los elementos de prueba, sin tomar en consideración el ejemplo
profesional de sus homólogos”, su Código de Ética nuevamente se oscureció ante
la visibilidad de pruebas que soslayó al ser presentadas en este litigio
familiar.
Si bien se presume que “la justicia es ciega”, la conducta del juzgador
dañó el patrimonio de respeto del C. Rubén “V”, dejando de lado el símbolo de
honorabilidad, toda vez que sus proyectistas le indujeron otros caracteres
jurídicos que pasaron por alto, sin usar la fuerza de la argumentación clara y
precisa para llegar a la verdad, y sí a la sinrazón.
En fecha reciente, ante 10 nuevos jueces en su toma de protesta, el
presidente magistrado del TSJCDMX, Doctor Rafael Guerra Álvarez, destacó que
los errores de los jueces no tendrán remedio en la memoria de los justiciables,
ya que sólo se afianzarán en las “raíces de nuestra conciencia”.
También les recomendó respeto al justiciable, al abogado, al servidor
público judicial, superior y subalterno, como pilares esenciales de la
institución, pero, además, estudiar profundamente cada expediente y proyecto,
ya que el impacto de “nuestras decisiones” trasciende el caso concreto de cada
litigio en todas las ramas del derecho.
De tal suerte que el futuro como impartidor de justicia del penalista
Enrique Cedillo García, está en suerte y en manos del propio Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial de la Ciudad de México, donde se le podría
revocar su cargo que ocupa como Magistrado de la Séptima Sala Penal del
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo flores Magón-2021
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